Publicidad Urbana

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Baja de la licencia de autorización para exhibición de publicidad

Resumen

¿En qué consiste?
Solicitud expresa escrita de toda persona natural o jurídica que requiera dar de baja la licencia de autorización para exhibición publicitaria dentro de la jurisdicción del Municipio de La Paz.

Instancia responsable:
Unidad de Promoción y Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía competente o Unidad de  Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales, según corresponda.

 

Tiempo de duración:
7 días hábiles aproximadamente.

 

 
Requisitos

 

1.   Nota de solicitud de baja de licencia de autorización para exhibición de publicidad, dirigida a la Jefatura de la Unidad de Publicidad Urbana.
2.   Cédula de identidad del solicitante (original y fotocopia).           
3.   Último comprobante de pago de patentes de publicidad exterior (fotocopia).
4.   Licencia de publicidad exterior (fotocopia).

 
Pasos

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

1.
Inicio del trámite.
Presentación de requisitos.
 

Plataforma de atención al público Sitr@m de la
Subalcaldía competente o  en   plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado), según corresponda.

Entrega toda la documentación solicitada.

  • Reciben y revisan la  documentación presentada.
  • Registran el trámite en el Sitr@m, entregándole nota de recepción.

 

2.
Evaluación de la solicitud.
 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía o Unidad de
Publicidad Urbana, según corresponda.

 

  • Analizan la documentación con los requisitos y si cumplen los mismos proceden a dar de baja la licencia de autorización para exhibición de publicidad, previa inspección.
3.
Inspección.
 
En el predio o lugar donde se ubicó la publicidad que se desea retirar. Acompaña al inspector.
  • Realizan la inspección en compañía del interesado para verificar el retiro de la publicidad.
4.
Emisión del resultado.
Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía o Unidad de
Publicidad Urbana, según corresponda.
 
  • Emiten informe de conformidad para la emisión de liquidación (si corresponde).
  • En caso de que existiesen deudas pendientes, emiten una proforma de pago para su cancelación en cualquier entidad bancaria o financiera autorizada.
5.
Cancelación de la proforma de pago.
En cualquier entidad bancaria o financiera autorizada. Paga el importe del FUM
(Formulario Único Municipal).
  • Sellan el original y dos copias del FUM pagado, le entregan el original y una copia.
6.
Fin del trámite.
Baja en el sistema de la licencia.
Unidad de Promoción y Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.  
  • Proceden a dar de baja la licencia de autorización para exhibición de publicidad.
 
 
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Licencia de autorización para exhibición publicitaria móvil (categoría III)

Resumen

¿En qué consiste?

Solicitud escrita de toda persona natural o jurídica que requiera realizar exhibición publicitaria en un vehículo móvil dentro de la jurisdicción del municipio de La Paz.
 


Instancia responsable:
Unidad de Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales.

Tiempo de duración:
7 días hábiles aproximadamente.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

 

  • Este trámite es realizado exclusivamente en la Unidad de Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales de la Oficialía Mayor de Promoción Económica.
  • La altura  máxima de los elementos publicitarios incorporados a los vehículos, tendrán como máximo el 30% de la altura del vehículo.

 

Marco legal:

 

  • Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999.
  • Ordenanza Municipal Nº 559/08.
  • Ordenanza Municipal Nº 696/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 497/2011.
  • Resolución Ejecutiva Nº 96/2012.        


 

 
Requisitos

 

1.   Formulario de Solicitud de Licencia de Publicidad Exterior (FSLPE), firmado por el (la) solicitante o representante legal.
2.   Original y fotocopia de la cédula de identidad del (la) solicitante o representante legal.
3.   Cuando corresponda, cálculo del sistema eléctrico elaborado por un profesional inscrito en la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.


 

 
Pasos

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

1.
Inicio del trámite.
Solicitud de formulario municipal.

Plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado).
 


 

Solicita verbalmente el formulario para la prestación del servicio.

  • Entregan formulario.

2.
Presentación de requisitos.

 

 

 

Plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado).
 

Entrega  toda la documentación.

  • Recepcionan y revisan la  documentación presentada, si faltase algún requisito, le devuelven todos sus documentos y el trámite no es iniciado.
  • Verifican la inexistencia de deudas por concepto de patentes de publicidad urbana o actividades económicas a nombre de la persona natural o jurídica solicitante, así como de multas pendientes de pago, si existiese alguna le entregan toda la documentación y proforma de pago para que regularice sus obligaciones tributarias pendientes.
  • De cumplirse con todos los requisitos y no tener adeudos tributarios pendientes, registran el trámite en el Sitr@m, entregándole nota de recepción para su seguimiento.

 

3.
Evaluación de la solicitud.

Unidad de Publicidad Urbana, calle Potosí, edificio Tobía,  piso 4.

 

  • Comunican la procedencia o improcedencia de la solicitud al interesado.

4.
Emisión de proforma de pago.
 


 

Unidad de Publicidad Urbana, calle Potosí, edificio Tobía,  piso 4.

Se apersona a recoger proforma de pago.

  • Registran en el sistema
  • Emiten proforma de pago.

5.
Cancelación de la proforma de pago (liquidación de patentes).

En cualquier entidad bancaria o financiera autorizada.

Paga el importe del FUM (Formulario Único Municipal).

  • Sellan el original y dos copias del FUM pagado, le entregan el original y una copia.

6.
Emisión de resultado.
 

Despacho del Oficial Mayor de
Promoción Económica.

 

  • Firma la licencia de autorización o resolución administrativa.

7.
Fin del trámite.

Plataforma Sitr@m del edificio  Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado).

Presenta el FUM cancelado, recibo de recepción de trámite y cédula de identidad.
  • Le entregan la licencia de autorización o resolución administrativa de rechazo.
 
 
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Licencia de autorización para exhibición publicitaria eventual (categoría IV)

Resumen

¿En qué consiste?

Solicitud escrita de toda persona natural o jurídica que requiera realizar exhibición publicitaria (pasacalles, telones, inflables, carpas), dentro de la jurisdicción del municipio de La Paz.
 


Instancia responsable:
Unidad de Promoción y Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía competente o Unidad de  Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales, según corresponda.
 

Tiempo de duración:

3 días hábiles aproximadamente.

 

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
 

  • Debe realizar el trámite con un plazo mínimo de 72 horas antes del emplazamiento.
  • Toda exhibición publicitaria eventual, para fines técnico-tributarios, será calculada con relación al tiempo  de exposición y a la cantidad de elementos publicitarios por día de exhibición (no mayor a treinta días calendario).
  • Para solicitar exención de patentes en el caso de pancartas se deberá presentar la solicitud con una semana de anticipación a la fecha del evento.
  • Sólo procederá la exención cuando no haya presencia de imagen corporativa y sea con fines benéficos.
  • La publicidad deberá ser emplazada a una altura tal que no interfiera con la visibilidad o funcionamiento de señalización oficial de cualquier tipo.
  • La exhibición publicitaria cualquiera sea no deberá obstruir la circulación peatonal y/o vehicular.
  • El solicitante deberá retirar la exhibición publicitaria una vez concluida la autorización.
  • Cuando el desplazamiento de exhibición publicitaria sea en más de un Macrodistrito al mismo tiempo, debe realizar el trámite en la Unidad de Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales de la Oficialía Mayor de Promoción Económica.
     

Marco legal:
 

  • Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, art. 85, 86 y 88.
  • Ordenanza Municipal Nº 559/08.
  • Ordenanza Municipal Nº 696/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 497/2011.
  • Resolución Ejecutiva Nº 96/2012.
     


 
Requisitos

 

 

1.   Formulario de Solicitud de Licencia de Publicidad Exterior (FSLPE) firmado por el (la) solicitante o representante legal.
2.   Original y fotocopia de la cédula de identidad del solicitante o representante legal.
3.   Cuando corresponda, cálculo del sistema eléctrico elaborado por un profesional inscrito en la Sociedad de Ingenieros.
4.   Licencia de funcionamiento de la actividad económica generadora de la publicidad, otorgada por el GAMLP.
 

 
Pasos

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

1.
Inicio del trámite.
Solicitud de
 Formulario municipal.

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o en plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Solicita verbalmente el formulario para la prestación del servicio.

  • Entregan formulario.

2.
 Presentación de requisitos..
 

 

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o  en   plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),
según corresponda.

Entrega  toda la documentación.
 

  • Reciben y revisan la  documentación presentada. 
  • Verifican la inexistencia de deudas por concepto de patentes de publicidad urbana o actividades económicas, si existiese alguna le devuelven sus documentos, entregándole proforma de pago para que regularice sus obligaciones tributarias pendientes.
  • Registran el trámite en el Sitr@m, entregándole nota de recepción.

 

3.
Evaluación de la solicitud. 

 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.

 

  • En el caso de pasacalles verifican la disponibilidad de lugares solicitados.
  • Para inflables y/o carpas, se requiere la autorización de la Subalcaldía competente, la cual debe solicitarse en un trámite separado.
  • Comunican la procedencia o improcedencia de la solicitud al interesado.

 

4.
Emisión de proforma de pago.

 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.
 

Se apersona a recoger proforma de pago.

  • Registran en el sistema
  • Emiten proforma de pago.

5.
Cancelación de la proforma de pago.

En cualquier entidad bancaria o financiera autorizada.

Paga el importe del FUM
(Formulario Único Municipal).

  • Sellan el original y dos copias del FUM pagado, le entregan el original y una copia.

6.
Emisión de resultado.
 

Despacho del Subalcalde o del
Oficial Mayor de Promoción
Económica.

 

  • Firma la licencia de autorización o resolución dministrativa.

7.
Fin del trámite.

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o  en  plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

 

Presenta el FUM cancelado, cédula de identidad y recibo de recepción del trámite.

  • Le entregan la licencia de autorización o resolución administrativa de rechazo.
 
 
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Licencia de autorización para exhibición publicitaria mediante vallas gigantográficas (categoría I)

Resumen

¿En qué consiste?
Solicitud escrita de toda persona natural o jurídica que requiera realizar la exhibición publicitaria mediante vallas gigantográficas (soportes estructurales de implantación estática suceptibles de albergar y transmitir mensajes en la modalidad visual de la publicidad exterior a gran escala) dentro de la jurisdicción del GAMLP.
 

Instancia responsable:

Unidad de Promoción y Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía competente o Unidad de  Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales, según corresponda.

Tiempo de duración:
18 días hábiles aproximadamente.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

No se autorizará ningún tipo de exhibición:

  • Relacionada con la venta o consumo de bebidas alcohólicas, emplazada en un radio menor de 100 metros cuadrados de distancia de centros de educación, salud o deporte.
  • La publicidad deberá ser emplazada a una altura tal, que no interfiera con la visibilidad o funcionamiento de señalización oficial de cualquier tipo.
  • Se prohíbe  el emplazamiento de publicidad exterior gigantográfica en edificios patrimoniales catalogados bajo las categorías A, B y C, excepto aquellas que cuenten con una antigüedad superior a 20 años. 


 

Marco legal:

 

  • Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999. 
  • Ordenanza Municipal Nº 559/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 696/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 497/2011.
  • Resolución Ejecutiva Nº 96/2012.
     


 

 
Requisitos


  1. Formulario de Solicitud de Licencia de Publicidad Exterior (FSLPE) firmado por el (la) solicitante o representante legal en caso de personas jurídicas y el profesional técnico responsable del diseño y cálculo de la estructura.
  2. Cédula de identidad del solicitante o representante legal (original y fotocopia).
  3. Plano de ubicación con fotografías del entorno y montajes fotográficos de la exhibición publicitaria a emplazarse.
  4. Documentos técnicos debidamente firmados por el profesional responsable del diseño y cálculo estructural, en soporte digital y papel bajo el siguiente detalle:
    4.1.   Planos de proyecto en el que se especifique claramente las dimensiones, materiales y características de cada uno de los    componentes del hecho estructural.
    4.2.   Cálculos estructurales de las fundaciones y estructura metálica a peso propio y viento respaldado por la norma correspondiente.
    4.3.   Una descripción de la estructura (forma, materiales, dimensiones externas, cargas y normas que se utilizarán), especificando la ubicación de las mismas.
    4.4.   Si se utiliza un programa computacional (SAP 2000, CYPECAD, ESTRUCTURAD, EBERIC, AVANSEE, ETC.), especificar el modelo físico utilizado (estructura bidimensional, tipos de apoyo), mencionando las consideraciones asumidas por el profesional responsable.
    4.5.   Cuando corresponda cálculo de sistema eléctrico, elaborado por un profesional inscrito en la Sociedad de Ingenieros, que garantice la instalación.
  5. Póliza de seguros contra daños a terceros.
  6. Carta notariada del o los propietarios del bien inmueble autorizando el emplazamiento de la exhibición publicitaria.
  7. Carta notariada de la directiva de la asociación de co-propietarios, autorizando el emplazamiento, en caso de tratarse de propiedad horizontal.
  8. Licencia de funcionamiento de la actividad económica generadora de la publicidad, emitida por el GAMLP.

 
Pasos

 

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

1.
Inicio del trámite.
Solicitud de
Formulario municipal.

 

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o en   plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Solicita verbalmente el formulario para la prestación del servicio.

  • Entregan formulario.

2.
 Presentación de requisitos.
 

 

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o  en   plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Entrega toda la
documentación solicitada incluyendo el formulario debidamente llenado.

  • Recepcionan y revisan la   documentación presentada. 
  • Verifican la inexistencia de deudas por concepto de patentes de publicidad urbana o actividades económicas, si existiese alguna le devuelven sus documentos, entregándole proforma de pago para que regularice sus obligaciones tributarias pendientes.
  • Registran el trámite en el Sitr@m, entregándole nota de recepción.
     

 

3.
Asignación de inspector.

 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la
Subalcaldía competente o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.

 

  • Revisan los planos, especificaciones técnicas y los antecedentes requeridos, asignando a un inspector.

4.
Inspección.

Predio correspondiente (según croquis de ubicación).

Acompaña al inspector hasta el predio.
Subsana las observaciones (si existiesen).

  • Mediante inspección ocular verificará que el anuncio y  estructura que se desea emplazar cumpla con las  especificaciones técnicas, administrativas y de ornato.
  • Si existiesen observaciones al momento de la inspección, el servidor municipal que realizó la misma deberá enumerar y detallar cada una de ellas en el FSLPE, de tal manera que el solicitante subsane las observaciones y no surjan otras que no se encuentren detalladas en el formulario.        

 

 

5.
Evaluación de la inspección.

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía competente o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.

 

  • Proceden a la elaboración del informe en el formulario, emitiendo resultado de la inspección.
  • Califican las condiciones de seguridad y armonía en relación con el sector en que se desea emplazar, pudiendo rechazar, autorizar la solicitud o exigir modificaciones cuando a su juicio no reúna las condiciones necesarias.
  • Si la publicidad que se desea emplazar se encuentra en áreas o inmuebles considerados patrimoniales, se remite la documentación a la Dirección de Patrimonio Cultural, para que ésta remita un criterio al respecto, recomendando los pasos a seguir, autorización o rechazo de la solicitud, previa inspección realizada.

 

6.
Emisión del resultado.

Despacho del Subalcalde u  Oficial Mayor de Promoción Económica.

 

 

  • Firma la licencia de autorización o resolución administrativa.

7.
Fin de trámite.

Plataforma de atención al público Sitr@m de la Subalcaldía
competente o en plataforma Sitr@m del edificio Armando
Escobar Uría (ex Banco del Estado),   según corresponda.

Recoge la licencia o resolución presentando la póliza de garantía, cédula de identidad y recibo de recepción del trámite.

  • Entregan la licencia o resolución administrativa de rechazo.

 
 

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Licencia de autorización para exhibición publicitaria fija (categoría II)

Resumen

¿En qué consiste?

Solicitud escrita de toda persona natural y jurídica que requiera realizar la exhibición publicitaria  (instalación, impresión o difusión de cualquier forma o sistema de publicidad fija) dentro de la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

Instancia responsable:
Unidad de Promoción y Administración de Actividades Económicas (UPAAE) de la Subalcaldía competente o Unidad de  Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales, según corresponda.

Tiempo de duración:
18 días hábiles aproximadamente.
 

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

 

  • Puede solicitar el formulario municipal correspondiente con carácter de declaración  jurada en la ventanilla Sitr@m de la subalcaldía competente o en la Unidad de Publicidad Urbana.
  • El plazo de vigencia de la licencia de actos de publicidad fija será máximo de dos (2) años.
  • Cuando el desplazamiento de la exhibición publicitaria sea en más de un Macrodistrito al mismo tiempo, se podrá realizar el trámite ante la Unidad de Publicidad Urbana dependiente de la Dirección de Servicios Municipales de la Oficialía Mayor de Promoción Económica.

 

Marco legal:

 

  • Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999. 
  • Ordenanza Municipal Nº 559/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 696/2008.
  • Ordenanza Municipal Nº 497/2011.
  • Resolución Ejecutiva Nº 96/2012.
     
 
Requisitos

 

1.   Formulario de Solicitud de Licencia de Publicidad Exterior (FSLPE), firmado por el solicitante o representante legal (en caso de personas jurídicas).
2.   Cédula de identidad del solicitante o representante legal (original y fotocopia), según corresponda.
3.   Cuatro fotografías en soporte digital o papel del bien inmueble y del entorno donde se emplazará la exhibición.
4.   Plano de la exhibición publicitaria fija que se pretenda emplazar, especificando dimensiones y materiales a utilizarse.
5.   Carta notariada del o los propietarios del inmueble, autorizando el emplazamiento de la exhibición publicitaria.
6.  Cuando corresponda, cálculo del sistema eléctrico elaborado por un profesional inscrito en la Sociedad de Ingenieros que garantice la instalación.
7.   Carta notariada de la directiva de la asociación de co-propietarios, autorizando el emplazamiento, en caso de tratarse de propiedad horizontal.
8.   Licencia de funcionamiento de la actividad económica generadora de la publicidad, emitida por el GAMLP.

 

 
Pasos

 PASO

¿DONDE?

¿QUÉ HACE USTED?

¿QUÉ HACEN POR USTED?

1.
Inicio del trámite.
Solicitud de Formulario municipal.

 

Plataforma de atención al público Sitr@m  de la Subalcaldía competente o  en   plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Solicita verbalmente el formulario para la prestación del servicio.

  • Entregan formulario.

2. Presentación de requisitos.

 

 

 

Plataforma de atención al público Sitr@m  de la Subalcaldía
competente o  en   plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Entrega todos los documentos
solicitados incluyendo el formulario debidamente llenado.

  • Recepcionan y revisan la documentación presentada.
  • Verifican la inexistencia de  deudas por concepto de patentes de publicidad urbana o actividades económicas, si existiese alguna,  le devuelven sus documentos, entregándole proforma de pago para que regularice sus obligaciones tributarias pendientes.
  • Registran el trámite en el Sitr@m, entregándole nota de recepción.

3.
Asignación de inspector.
 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAE) de la Subalcaldía o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.


 

 

  • Recepcionan y evalúan la documentación.
  • Asignan a un inspector.

4.
Inspección. 


 

Predio correspondiente (según croquis de ubicación).


 

Acompaña al inspector hasta el predio.
Subsana las observaciones (si existiesen).

  • Mediante inspección ocular verificará que el anuncio y estructura que se desea emplazar cumpla con las especificaciones técnicas, administrativas y de ornato.
  • Si existiesen observaciones al momento de la inspección, el  funcionario municipal que realizó la misma deberá enumerar y detallar cada una de ellas en el FSLPE, de tal manera que el solicitante subsane las observaciones y no surjan otras que no se encuentren detalladas en el FSLPE, evitando retrasos innecesarios.

5.
Evaluación de la inspección. 

Unidad de Promoción y
Administración de Actividades Económicas (UPAE) de la Subalcaldía o Unidad de Publicidad Urbana, según corresponda.

 

  • Proceden a la elaboración del informe en el formulario, emitiendo resultado de la inspección.
  • Si  la publicidad que se desea emplazar se encuentra en áreas o inmuebles considerados como patrimoniales, se remite la documentación a la Dirección de Patrimonio Cultural, para que ésta remita un criterio al respecto, recomendando los pasos a seguir, autorización o rechazo de la solicitud, previa inspección realizada.

6.
Emisión de resultado.
 

 

Despacho del Subalcalde u Oficial Mayor de Promoción Económica.

 

  • Firma la licencia  de autorización o resolución administrativa de rechazo.

7.
Fin del trámite.

Plataforma de atención al público Sitr@m de la subalcaldía competente  o en plataforma Sitr@m del edificio Armando Escobar Uría (ex Banco del Estado),  según corresponda.

Recoge la licencia o resolución, presentando su cédula de identidad y recibo de recepción del trámite.

 

  • Entregan la licencia o resolución administrativa de rechazo.
 
 

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